Preguntas
Preguntas frecuentes sobre declaraciones DIVID y auditorías
Obligación de auditoría, fecha límite del 15 de mayo, documentación y precios: respuestas concretas para fabricantes y colaboradores profesionales. Son determinantes el año de referencia, los productos y las circunstancias de cada caso.
Información revisada: 22 de octubre de 2026
Obligación de auditoría y plazos
¿A partir de qué cantidad debe auditarse una declaración DIVID?
El umbral ordinario de 10.000 kg se aplica por primera vez al año de referencia 2026, cuya declaración debe presentarse a más tardar el 15 de mayo de 2027, incluido ese día. Una cantidad de exactamente 10.000 kg alcanza el umbral. Para períodos anteriores debe distinguirse el año de referencia del de presentación. La exención específica por comercializar exclusivamente botellas sujetas a depósito y una posible orden de la UBA deben examinarse con independencia de la cantidad.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG § 11 · UBA · DIVID
¿Cuál es la fecha límite para presentar la declaración DIVID?
La declaración anual debe presentarse normalmente en DIVID a más tardar el 15 de mayo del año siguiente, incluido ese día. Para las cantidades de 2026, la fecha límite es por tanto el 15 de mayo de 2027. Si existe obligación de auditoría, deben adjuntarse el informe y la confirmación con firma electrónica cualificada. Solicitar o encargar una auditoría no amplía el plazo; cualquier plazo administrativo distinto debe examinarse individualmente.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG § 11
¿Qué excepción se aplica a las botellas de bebidas sujetas a depósito?
Quien haya comercializado o vendido por primera vez durante el año pertinente exclusivamente las botellas de bebidas sujetas a depósito indicadas en el § 11, apartado 4, EWKFondsG dispone de una exención específica de la auditoría y confirmación ordinarias, independiente del umbral de cantidad. No puede extenderse a todos los envases de bebidas ni a surtidos mixtos. La UBA puede exigir una auditoría individual también en este caso.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG § 11
¿Qué diferencia hay entre año de referencia y año de presentación?
El año de referencia es el año natural en el que los productos se comercializaron por primera vez en Alemania o se vendieron directamente a Alemania. La declaración se presenta al año siguiente. Las cantidades de 2026 se declaran por tanto en 2027. El umbral de auditoría, la delimitación de los datos y los plazos deben evaluarse conjuntamente; el año de carga no identifica por sí solo las cantidades declaradas.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG § 11
¿Qué reglas de auditoría se aplican a 2024 y 2025?
Para la primera declaración de cantidades de 2024, la UBA dispensó excepcionalmente en 2025 de la auditoría externa ordinaria; seguían siendo posibles las órdenes individuales. Para el año de referencia 2025, declarado en 2026, la exención cuantitativa era inferior a 100 kg. Exactamente 100 kg no estaba incluido. También deben considerarse la exención por comercializar exclusivamente botellas sujetas a depósito y las posibles órdenes de la UBA.
Más información · Fuentes oficiales: UBA · DIVID · EWKFondsG § 11
¿Estar por debajo del umbral elimina también la declaración y la contribución?
No. La exención de auditoría externa ordinaria no es una exención general del EWKFondsG. Según la condición de fabricante y los productos, pueden seguir siendo obligatorios el registro, la declaración anual y la contribución. Una cantidad pequeña no significa ausencia de obligaciones. Además, la UBA puede exigir una auditoría y confirmación individuales pese a la exención ordinaria.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG § 11
¿Puede la UBA ordenar una auditoría por debajo del umbral?
Sí. La UBA puede exigir auditoría y confirmación aunque la declaración estuviera normalmente exenta. Son determinantes la orden concreta, el año de referencia, los documentos solicitados y el plazo fijado. La orden no significa automáticamente que la declaración sea incorrecta. Para definir el encargo, facilite la resolución completa y los datos de la declaración correspondiente.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG § 11
¿Qué reglas transitorias se aplican a fuegos artificiales con plástico?
Los fuegos artificiales incluidos tienen reglas transitorias propias. Los fabricantes ya activos antes de 2026 deben cumplir las obligaciones de registro del § 29 EWKFondsG hasta finales de 2026. La primera contribución corresponde a 2027 y la primera declaración debe presentarse a más tardar el 15 de mayo de 2028, incluido ese día. No debe confundirse este plazo con la declaración de otras categorías para 2026.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG § 29 · EWKFondsG · Anlage 1
Conceptos y empresas afectadas
¿Qué son DIVID y la ley alemana del fondo de plásticos de un solo uso?
DIVID es la plataforma digital de la Agencia Federal de Medio Ambiente alemana para el fondo de plásticos de un solo uso. Entre otros trámites, permite registrar fabricantes y presentar declaraciones anuales de cantidades. El EWKFondsG hace que fabricantes de determinados productos contribuyan a los costes de sus residuos en espacios públicos. Registro, declaración, contribución y auditoría externa son obligaciones distintas con requisitos propios.
Más información · Fuentes oficiales: UBA · DIVID
¿Quién se considera fabricante según el EWKFondsG?
Importa la condición legal de fabricante, no solo la denominación del sector. Puede ser determinante quién comercializa por primera vez productos incluidos en Alemania o los vende desde el extranjero directamente a usuarios alemanes. Importaciones, marcas propias, fabricación por encargo y entregas intragrupo requieren analizar la estructura real de suministro y distribución. No todo comerciante o titular de marca es automáticamente el fabricante obligado a declarar.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG § 3
¿También afecta a empresas extranjeras y comercios en línea?
Sí. Pueden surgir obligaciones sin sede en Alemania, especialmente al vender a distancia productos incluidos directamente a hogares u otros usuarios alemanes. La condición de fabricante de la empresa extranjera, del importador o de otro participante depende del canal real de distribución. Un registro extranjero o una declaración en otro país no sustituye el análisis de las obligaciones alemanas.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG § 3
¿Qué productos pueden estar incluidos en la ley?
El anexo 1 comprende determinados recipientes alimentarios, bolsas y envoltorios con alimentos, envases de bebidas de hasta tres litros, vasos, bolsas de plástico ligeras, toallitas húmedas, globos y productos de tabaco con filtro. Los fuegos artificiales con plástico tienen reglas transitorias propias. No se incluyen todos los envases ni todos los productos plásticos: importan material, carácter de un solo uso, finalidad y criterios legales específicos. También pueden requerir evaluación los productos con revestimiento plástico.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG · Anlage 1
¿Declaro solo la parte plástica o el peso de todo el producto?
El cálculo se basa normalmente en la masa del producto de plástico de un solo uso incluido, no únicamente en su componente plástico. Esto es especialmente importante para materiales compuestos y productos con revestimiento plástico. La delimitación del producto y su categoría deben documentarse de forma trazable. Las unidades por sí solas no bastan para declarar kilogramos: se necesitan pesos fiables y un método de cálculo comprensible.
Más información · Fuentes oficiales: UBA · Prüfleitlinien 2026
¿DIVID sustituye el registro de envases u otras obligaciones ambientales?
No. Las obligaciones DIVID del EWKFondsG deben distinguirse de otros requisitos de registro, participación y declaración. Un producto o empresa puede estar sujeto a varios regímenes. Auditar la declaración DIVID no implica automáticamente que se hayan revisado o cumplido todas las obligaciones de envases, EPR u otras normas ambientales. El alcance del encargo se delimita expresamente.
Más información · Fuentes oficiales: UBA · DIVID
Auditoría, documentos y presentación
¿Cuánto tarda la auditoría de una declaración DIVID?
Una auditoría remota ordinaria suele tardar entre tres y cinco días laborables desde que se dispone de toda la documentación necesaria. El tamaño de la empresa, el volumen de datos y las consultas pendientes influyen en el proceso; no se trata de una garantía general de plazo. Ante una orden de la UBA o una fecha límite próxima, deben acordarse expresamente el calendario y la capacidad disponible antes del encargo.
¿Quién puede auditar y confirmar una declaración DIVID?
Debe realizarla una persona registrada conforme a los requisitos legales, por ejemplo un asesor fiscal, auditor, censor jurado o experto debidamente registrado. El título profesional por sí solo no basta. También deben respetarse las directrices de auditoría de la UBA. En TAXORA, el verificador registrado conserva la responsabilidad profesional personal y el equipo coordina documentos y consultas.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG § 11
¿Qué significa QES en la confirmación de auditoría DIVID?
QES significa firma electrónica cualificada. La confirmación legalmente exigida debe llevar esa firma del verificador. Una imagen escaneada de la firma o una firma electrónica ordinaria no son equivalentes. Para presentar la documentación deben utilizarse la plantilla DIVID vigente y los requisitos técnicos del portal.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG § 11
¿Qué documentación debo preparar para la auditoría?
Normalmente se necesitan listas de productos con materiales y pesos, cuadros de cantidades del año de referencia, datos ERP, de inventario o ventas y justificantes como facturas y albaranes. Según el caso, también pruebas de exportaciones, devoluciones y delimitaciones, así como datos de registro DIVID. La documentación debe poder conciliarse con la cantidad declarada. Tras el encargo recibirá una lista adaptada al caso.
Más información · Fuentes oficiales: UBA · Prüfleitlinien 2026
¿Cómo se desarrolla la auditoría con TAXORA?
Primero aclaramos empresa, año de referencia, motivo y cantidad aproximada y preparamos una oferta. Tras el encargo solicitamos documentos, realizamos la auditoría y coordinamos consultas. Usted facilita la plantilla DIVID vigente. Al finalizar recibe el informe y la confirmación QES; puede solicitar una reunión final. La presentación definitiva en el portal la realiza usted como fabricante.
¿Puede realizarse toda la auditoría de forma digital?
Muchos encargos pueden tramitarse a distancia con documentos digitales y datos estructurados. Que resulte suficiente depende de las pruebas, el alcance y las directrices aplicables. Las actuaciones presenciales necesarias deben seguir siendo posibles y se acuerdan y presupuestan por separado. La colaboración digital no sustituye los justificantes completos ni la participación necesaria de la empresa.
Más información · Fuentes oficiales: UBA · Prüfleitlinien 2026
¿Cómo se aclaran preguntas y diferencias durante la auditoría?
El equipo agrupa las preguntas relevantes y las coordina con los interlocutores responsables, por escrito, teléfono o videollamada. Las diferencias entre datos maestros de productos, informes ERP y total declarado se documentan de forma trazable. La responsabilidad profesional permanece en el verificador registrado. Las respuestas completas y coordinadas ayudan a evitar rondas adicionales de aclaración.
¿Qué diferencia hay entre informe y confirmación de auditoría?
El informe documenta la auditoría realizada y su resultado. La confirmación es un documento separado, cumplimentado conforme a los requisitos y firmado electrónicamente de forma cualificada para DIVID. En declaraciones sujetas a auditoría se presentan ambos junto con la declaración de cantidades. Una oferta, factura o simple acuse de recibo no sustituye ninguno de estos documentos.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG § 11
¿Quién carga la declaración y los documentos en DIVID?
El fabricante presenta la declaración final y los documentos exigidos mediante DIVID. TAXORA facilita la documentación de auditoría acordada; usted conserva el control del acceso y revisa los datos que cargará. Si interviene un representante autorizado, deben examinarse por separado sus funciones legales y técnicas. El encargo de auditoría no transfiere automáticamente a TAXORA el acceso ni la responsabilidad de declarar.
Más información · Fuentes oficiales: EWKFondsG § 11 · UBA · Prüfleitlinien 2026
¿Audita TAXORA declaraciones presentadas fuera de plazo?
Sí. TAXORA trabaja todo el año y acepta encargos tardíos cuando sea posible y exista capacidad disponible. Comunique pronto el plazo original y cualquier escrito de la UBA. La aceptación de una auditoría no subsana el incumplimiento del plazo ni garantiza una decisión administrativa concreta. La responsabilidad de una declaración correcta y puntual permanece en el fabricante.
Oferta y colaboración
¿Cuánto cuesta una auditoría DIVID con TAXORA?
Los precios orientativos parten de 599 € netos para auditorías voluntarias, 999 € netos para auditorías por orden de la UBA y 2.999 € netos para auditorías obligatorias ordinarias desde 10.000 kg. El precio depende del alcance y la cantidad anual; recibirá una oferta individual a precio fijo antes del encargo. El servicio urgente está sujeto a disponibilidad y supone 999 € netos adicionales. Las visitas presenciales se presupuestan por separado.
¿Cuándo puede ser útil una auditoría voluntaria?
Puede ser útil ante cálculos complejos, requisitos de control interno o pruebas solicitadas por socios comerciales, aunque no exista obligación ordinaria de auditoría. El objetivo, alcance y documentación se acuerdan previamente. No sustituye la clasificación correcta de productos ni las obligaciones de declaración existentes, y no modifica los plazos legales.
¿Pueden colaborar con TAXORA despachos fiscales, auditores y asociaciones?
Sí. Es posible asumir un encargo DIVID delimitado, prestar apoyo especializado en segundo plano o coordinar una tramitación conjunta. Las relaciones existentes con clientes se mantienen; alcance, responsabilidades y comunicación se acuerdan antes. Para varias sociedades deben evaluarse la condición de fabricante, el registro y las obligaciones de cada entidad jurídica pertinente. Una marca común no justifica por sí sola agregar cantidades.
¿En qué idiomas acompaña TAXORA la auditoría?
La correspondencia y coordinación profesional se realizan en alemán o inglés. Las versiones española, italiana y francesa ofrecen orientación comprensible y describen el mismo alcance del servicio. Para datos extranjeros extensos o en otros idiomas, acordamos el formato y las explicaciones necesarias según el caso. La traducción del sitio no implica una atención completa en ese idioma.
¿Qué ocurre cuando envío el formulario de consulta?
Cuando el envío está disponible, sus datos se remiten a través del servidor web de IONOS por correo electrónico a info@taxora-steuerberatung.de. La confirmación aparece tras la aceptación por el servidor de correo y no garantiza la entrega definitiva. Puede rellenar el formulario. Si el envío no está disponible, aparece un mensaje de error tras intentar enviarlo y los datos introducidos se conservan en la página. Escríbanos directamente. El envío no constituye un encargo. No transmita documentación fiscal ni datos especialmente confidenciales.
Solicitar auditoría
Solicite su auditoría DIVID.
Indique empresa, país, año de referencia, cantidad total aproximada y motivo de la auditoría. Utilice el formulario cuando esté disponible o escriba a info@taxora-steuerberatung.de.
Preparar solicitudSin compromiso · El encargo comienza únicamente tras aceptar la oferta.